📄 Contratos Inmobiliarios — Traducción Completa al Español
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Acuerdo de Cesión de Contrato de Compraventa Assignment Agreement
Introducción
Propiedad Objeto: Dirección de la Propiedad
El presente acuerdo se celebra entre [Nombre del Mayorista] (CEDENTE) y [Nombre del Comprador] (CESIONARIO) en relación con la compra de la PROPIEDAD OBJETO indicada anteriormente.
Dado que [Nombre del Mayorista] ha suscrito un Contrato de Compraventa con [Nombre del Vendedor] (VENDEDOR/ES) para la adquisición de la Dirección de la Propiedad, y dado que el COMPRADOR desea ceder sus derechos, intereses y obligaciones derivados del Contrato de Compraventa, las partes acuerdan lo siguiente:
Términos Acordados
1. El CESIONARIO pagará al CEDENTE un honorario de cesión de $00,000.
2. El CESIONARIO deberá depositar ante [Nombre de la Compañía de Títulos] la suma de $0,000 en concepto de depósito de garantía NO REEMBOLSABLE.
3. El CESIONARIO realizará un pago inicial de $0.00 a favor del CEDENTE a nombre de N/A. Dicho depósito se acreditará al honorario total de cesión y es NO REEMBOLSABLE, con la única excepción de que no se encuentre disponible un título válido y libre de gravámenes para el CESIONARIO.
4.[Nombre de la Compañía de Títulos] se encargará del cierre de la operación.
5. El cierre deberá llevarse a cabo a más tardar el 00 de septiembre de 2022.
6. El CESIONARIO acepta en su totalidad todos los términos y condiciones del Contrato de Compraventa suscrito entre el COMPRADOR y el VENDEDOR.
7. El CESIONARIO reconoce haber recibido copias legibles del Contrato de Compraventa original en su totalidad, incluyendo todas las adendas vinculadas a esta transacción.
8. Términos y Condiciones Adicionales:
Este contrato de cesión no podrá ser subcedido sin el consentimiento expreso y por escrito del CEDENTE.
El Comprador asumirá todos los honorarios y costos de cierre asociados a la venta de la "propiedad objeto".
No podrán realizarse modificaciones al Contrato de Compra sin el consentimiento escrito de [Nombre del Mayorista].
9. Divulgaciones y Reconocimientos:
a) El CEDENTE y sus asociados no otorgan garantía alguna, expresa o implícita, en relación con los informes de inspección u otros reportes proporcionados al CESIONARIO por el CEDENTE o por terceros respecto a esta propiedad. Se aconseja al CESIONARIO que verifique de manera independiente la exactitud de toda la información contenida en dichos informes.
b) El CESIONARIO reconoce que realiza esta transacción directamente con el CEDENTE para la adquisición de la PROPIEDAD OBJETO. El CESIONARIO no está siendo asistido ni representado por una correduría de bienes raíces en esta transacción.
Aceptado y Acordado — Firmas
CEDENTE
[Nombre del Mayorista]
Nombre (en letra de molde)
Firma
Fecha: ___________
CESIONARIO
[Nombre del Comprador]
Nombre (en letra de molde)
Firma
Fecha: ___________
Dirección
Contrato de Compraventa de Bienes Raíces Cash Contract
Partes e Identificación de la Propiedad
El Comprador abajo firmante se compromete a comprar, y el Vendedor abajo firmante se compromete a vender, conforme a los términos establecidos en el presente Contrato de Compraventa de Bienes Raíces (el "Contrato"), la parcela de bienes inmuebles ubicada en el Estado de Ohio, Condado de ___________, que comprende aproximadamente ____ acres y todas las mejoras edificadas sobre ella (la "Propiedad"), según se describe con mayor detalle en el Anexo A adjunto e incorporado al presente. La "Fecha de Vigencia" será la fecha en que el Contrato sea debidamente suscrito por ambas partes.
1. Precio de Compra
El Precio de Compra será ___________________, pagadero en efectivo u otros fondos de disponibilidad inmediata en el Cierre (definido en el párrafo 3).
2. Contingencias
La obligación del Comprador de adquirir la Propiedad y la del Vendedor de venderla están sujetas al cumplimiento o renuncia de las condiciones aquí descritas ("Contingencias") dentro de _______ días a partir de la Fecha de Vigencia ("Período de Contingencia").
(a) Título. Dentro de ______ (___) días de la Fecha de Vigencia, el Comprador obtendrá, a expensas de __________, un compromiso de póliza de seguro de título emitida por una compañía de títulos seleccionada por el Comprador (la "Compañía de Títulos") respecto de la Propiedad ("Compromiso de Título"). El Compromiso de Título deberá acreditar que el Vendedor ostenta título comercializable en plena propiedad, libre de todo gravamen y carga, excepto: (i) los creados por el Comprador; (ii) los expresamente establecidos en este Contrato; (iii) ordenanzas de zonificación; (iv) carreteras legales; y (v) convenios, restricciones, condiciones y servidumbres registradas que no interfieran ni restrinjan el uso contemplado de la Propiedad por parte del Comprador. Si el título de toda o parte de la Propiedad resultara no comercializable conforme a la ley de Ohio y los Estándares de Examen de Título de la Asociación de Abogados del Estado de Ohio, o estuviera sujeto a gravámenes, cargas, servidumbres, condiciones, restricciones o intrusiones distintos de los exceptuados en este Contrato, el Comprador tendrá derecho a objetarlos dentro de los veinte (20) días de haber recibido el Compromiso de Título. Si el Comprador objeta y el Vendedor no subsana o elimina dicho defecto, gravamen, carga, servidumbre, condición, restricción o intrusión, ni obtiene seguro de título sin tal excepción dentro del Período de Contingencia, el Comprador podrá resolver este Contrato mediante notificación escrita al Vendedor. En el Cierre, el Vendedor firmará una declaración jurada respecto a cuestiones de título no registradas, según lo requieran la Compañía de Títulos y el Comprador. La emisión de una póliza de seguro de título conforme al Compromiso de Título ("Póliza de Título") es condición previa a la obligación de las partes de proceder al Cierre. La Póliza de Título deberá encontrarse en forma razonablemente aceptable para el Comprador y por el monto del Precio de Compra, acreditando el título de la Propiedad a nombre del Comprador en plena propiedad, sujeto únicamente a las cuestiones aprobadas o renunciadas por el Comprador, las reveladas en el Levantamiento Topográfico y no objetadas por el Comprador, y cualesquiera otras cuestiones que el Comprador haya aprobado por escrito.
(b) Levantamiento Topográfico. Dentro de __________ (___) días de la Fecha de Vigencia, el Comprador tendrá derecho a obtener, a costo y expensas de __________, un levantamiento topográfico de la Propiedad, junto con la certificación del topógrafo que el Comprador razonablemente requiera ("Levantamiento"). El Levantamiento deberá satisfacer, si así lo requiere el Comprador, los vigentes "Requisitos Mínimos Estándar para Levantamientos de Títulos de Tierra ALTA/NSPS", adoptados conjuntamente por ALTA, y cumplir con los requisitos de precisión de un Levantamiento Clase A según allí se define. Si el Levantamiento revela excepciones al título o situaciones que afecten la Propiedad ("Excepciones del Levantamiento"), el Comprador podrá notificar al Vendedor dentro de los 20 días siguientes a la recepción del último entre el Compromiso de Título y el Levantamiento ("Aviso del Levantamiento"), momento en que el Vendedor deberá subsanar las Excepciones del Levantamiento desaprobadas. Si el Vendedor no las subsana dentro del Período de Contingencia, el Comprador podrá resolver este Contrato mediante notificación escrita al Vendedor.
(c) Condiciones Ambientales. El Comprador tendrá derecho, y el Vendedor proporcionará al Comprador el acceso razonablemente necesario, para obtener informes ambientales sobre el suelo, las aguas subterráneas, la topografía, la geología y demás condiciones de la Propiedad, junto con las cartas de respaldo de los autores de tales informes que el Comprador pueda requerir ("Informes Ambientales"). Si los Informes Ambientales revelan situaciones que afecten adversamente la Propiedad ("Condiciones Ambientales"), el Comprador podrá notificar al Vendedor ("Aviso Ambiental"). Tras recibir el Aviso Ambiental, el Vendedor tendrá el derecho, pero no la obligación, de subsanar las Condiciones Ambientales desaprobadas. Si la Condición Ambiental no se subsana a satisfacción razonable del Comprador dentro del Período de Contingencia, el Comprador tendrá derecho a resolver este Contrato.
(d) Inspección. El Vendedor cooperará para que la Propiedad esté razonablemente disponible para inspección por parte del Comprador. Si el Comprador no se encontrara, de buena fe, satisfecho con las condiciones de la Propiedad reveladas por cualquier inspección, podrá dirigir al Vendedor una solicitud escrita para que subsane las condiciones insatisfactorias. Si el Comprador y el Vendedor no llegan a un acuerdo para subsanar dichas condiciones antes del vencimiento del Período de Contingencia, el Comprador tendrá derecho a resolver este Contrato.
(e) Servidumbres y Derechos de Acceso. El Comprador y el Vendedor cooperarán para obtener todas las servidumbres, derechos de paso, consentimientos, enmiendas, varianzas, permisos y/o autorizaciones de terceros que sean necesarios para que el Comprador tenga libre acceso y pleno disfrute de la Propiedad en la forma y para los fines contemplados por el Comprador.
3. Cierre
El cierre de la compraventa de la Propiedad ("Cierre") se realizará el ________________, a las ____ en ____________________. Además del cumplimiento o renuncia de las Contingencias, las obligaciones del Comprador bajo este Contrato están sujetas a la verificación de lo siguiente en o antes de la fecha del Cierre:
(a) Todas las declaraciones y garantías del Vendedor deberán permanecer verdaderas y correctas;
(b) Ninguna moratoria, estatuto, orden, reglamento, ordenanza o resolución de tribunal o agencia gubernamental habrá sido promulgada, adoptada, emitida o iniciada que afecte de manera material y adversa la Propiedad o su uso contemplado por el Comprador;
(c) Las partes habrán entregado todos los documentos y demás elementos enumerados en el párrafo 4.
4. Documentos y Entregas
(a) Entregas del Vendedor en el Cierre. En el Cierre, el Vendedor entregará los siguientes documentos y materiales, todos en forma y contenido razonablemente aceptables para las partes:
(i) Escritura de garantía general debidamente ejecutada y autenticada ("Escritura");
(ii) Certificado suscrito por el Vendedor confirmando que, a la fecha del Cierre, todas sus declaraciones y garantías en este Contrato permanecen verdaderas y correctas;
(iii) Certificación suscrita por el Vendedor acreditando que no es "persona extranjera" conforme a la Sección 1445 del Código de Rentas Internas de 1986, según enmendado ("Sección 1445");
(iv) Instrumento general de transferencia mediante el cual el Vendedor cede y transfiere al Comprador todos sus derechos, títulos e intereses sobre los bienes personales y demás derechos del Vendedor relacionados con la Propiedad ("Instrumento General de Transferencia");
(v) Declaraciones juradas e indemnizaciones que la Compañía de Títulos razonablemente requiera para excluir de la Póliza de Título todas las excepciones por (1) ocupantes, (2) gravámenes de mecánicos, (3) valuaciones no registradas y demás cuestiones que revelaría un levantamiento topográfico preciso de la Propiedad, y (4) impuestos inmobiliarios, agua y alcantarillado y otros cargos no vencidos de autoridades municipales, gubernamentales y empresas de servicios públicos;
(vi) Estado de cierre que muestre documentos, costos de cierre y prorrateos, calculados conforme al párrafo 5, en forma satisfactoria para el Comprador y el Vendedor ("Estado de Cierre").
(b) Entregas del Comprador en el Cierre. En la fecha del Cierre, el Comprador deberá:
(i) Entregar en el Cierre el Precio de Compra de la Propiedad (más los fondos adicionales necesarios para cubrir la porción del Comprador de los costos de cierre y prorrateos, menos los créditos otorgados al Comprador según lo aquí establecido) en fondos de disponibilidad inmediata;
(ii) Firmar el Estado de Cierre.
5. Costos de Cierre y Prorrateos
(a) Costos de Cierre. Salvo disposición expresa en contrario, el Vendedor pagará en el Cierre: los costos de cancelación de cualquier hipoteca, declaración de financiamiento u otro instrumento de garantía de deuda, o de embargos, valuaciones, impuestos inmobiliarios vencidos o gravámenes de mecánicos o materiales pendientes contra la Propiedad; todos los impuestos de transferencia y cuotas de traspaso; y los costos de subsanar, remediar o eliminar las Contingencias que el Vendedor subsane, remedie o elimine. Los costos de la Póliza de Título y del Levantamiento se pagarán conforme al párrafo 2 de este Contrato. El Comprador pagará los costos de inscripción de la Escritura y de cualquier hipoteca o instrumento de financiamiento, y de cualquier endoso especial a la Póliza de Título no requerido para subsanar una objeción de título o Excepción del Levantamiento.
(b) Impuestos. Todos los impuestos y valuaciones sobre bienes inmuebles ("Impuestos") (incluidos los recargos) que estén vencidos serán pagados en el Cierre con cargo a los fondos adeudados al Vendedor. Los Impuestos no vencidos se prorratearán en base devengada a partir de, si aún no han sido determinados en su totalidad al Cierre, la factura de impuestos más reciente disponible, considerando exenciones aplicables, alícuotas recientemente aprobadas, cambios de valuación y demás factores que afecten los Impuestos.
6. Daño o Destrucción de la Propiedad
El riesgo de pérdida sobre los bienes inmuebles y sus accesorios corresponderá al Vendedor hasta el Cierre; no obstante, si determinada Propiedad cubierta por este Contrato fuera sustancialmente dañada o destruida antes de cerrar la transacción, el Comprador podrá: (a) continuar con la transacción y tendrá derecho al cobro de todo seguro, si lo hubiere, pagadero al Vendedor bajo todas las pólizas que cubran la Propiedad; o (b) rescindir el Contrato liberando a todas las partes de responsabilidad, mediante aviso escrito al Vendedor dentro de los diez (10) días de haber recibido notificación escrita del daño o destrucción. La omisión del Comprador de notificar al Vendedor constituirá una elección de continuar con la transacción.
7. Acuerdos de Generación de Ingresos
El Vendedor cederá todo interés en arrendamientos o acuerdos de generación de ingresos relativos a la Propiedad vigentes a la fecha del Cierre, y suscribirá los documentos de cesión u otros instrumentos necesarios para efectuar dichas transferencias.
8. Declaraciones y Garantías del Vendedor
Como elemento esencial para la celebración y cumplimiento de este Contrato por parte del Comprador, el Vendedor declara y garantiza al Comprador, tanto a la Fecha de Vigencia como a la fecha del Cierre:
(a) Información. Salvo lo aquí establecido, el Vendedor no tiene conocimiento de ninguna información que afecte la Propiedad y que tenga o pudiera tener un impacto material y adverso sobre la capacidad del Comprador de usar, arrendar y operar la Propiedad según lo contemplado.
(b) Cumplimiento Legal. Salvo lo revelado al Comprador, el Vendedor no tiene conocimiento de ninguna violación pasada o continua, ni alegada, de ningún requisito legal que afecte la Propiedad; incluyendo, sin limitación, violaciones de leyes ambientales, de zonificación, subdivisión, incendio u otras leyes locales, estatales o federales. Además, la Propiedad cumple con todos los códigos de construcción y zonificación aplicables, y con todas las leyes, estatutos, ordenanzas, reglas y reglamentos relacionados con el medio ambiente.
(c) Litigios. El Vendedor no tiene conocimiento de ningún reclamo, acción, demanda, litigio o procedimiento gubernamental pendiente o amenazado que afecte la Propiedad.
(d) Otros Acuerdos. Según el conocimiento del Vendedor, no existen acuerdos ni entendimientos, orales o escritos, con ninguna persona, entidad o autoridad gubernamental que afecten la Propiedad y que pudieran dar lugar a reclamaciones sobre la misma.
(e) Acciones Gubernamentales. El Vendedor no tiene conocimiento de ningún procedimiento de expropiación o dominio eminente amenazado o pendiente, valuación especial, reclasificación de zonificación o moratoria que afecte la Propiedad.
(f) Debida Autorización. El Vendedor tiene plena facultad para suscribir, entregar y cumplir los términos y disposiciones de este Contrato, y ha tomado todas las medidas necesarias para autorizar su celebración, entrega y cumplimiento. La persona que firma este Contrato en nombre del Vendedor tiene autoridad para obligar al Vendedor a los términos y condiciones del mismo.
(g) Cuestiones Ambientales. Según el leal saber y entender del Vendedor, la Propiedad no infringe ninguna Ley Ambiental (según se define a continuación) y el Vendedor no tiene conocimiento de: (i) la presencia en o cerca de la Propiedad de ningún Material Peligroso (según se define a continuación); (ii) ninguna liberación o amenaza de liberación de Materiales Peligrosos en o que afecten la Propiedad; ni (iii) la existencia de tanques de almacenamiento subterráneo en o cerca de la Propiedad. El Vendedor no ha recibido aviso de ninguna investigación o procedimiento por parte de ninguna agencia gubernamental respecto a la presencia o alegada presencia, liberación o amenaza de liberación de Materiales Peligrosos en la Propiedad.
El término "Ley Ambiental" comprende cualquier ley federal, estatal o local, ordenanza o reglamento relativo a la salud, higiene industrial, eliminación de residuos o el medio ambiente, incluyendo, sin limitación: la Ley Federal de Respuesta, Compensación y Responsabilidad Ambiental Integral de 1980 (CERCLA); la Ley de Enmiendas y Reautorización del Superfondo de 1986; la Ley Federal de Conservación y Recuperación de Recursos de 1976; la Ley Federal del Aire Limpio; la Ley Federal de Control de Contaminación del Agua y la Ley Federal del Aire Limpio de 1977; la Ley Federal de Insecticidas, Fungicidas y Rodenticidas; la Ley Federal de Pesticidas de 1977; la Ley Federal de Control de Sustancias Tóxicas; la Ley Federal de Agua Potable Segura; la Ley Federal de Transporte de Materiales Peligrosos; y sus respectivas enmiendas, reglamentos adoptados y publicaciones emitidas en su cumplimiento.
El término "Materiales Peligrosos" comprende petróleo y productos derivados, asbesto, bifenilos policlorados, radón y formaldehído de urea, y cualquier otro material clasificado como peligroso, tóxico, contaminante o polucionante conforme a cualquier Ley Ambiental.
Si el Vendedor ha recibido o en cualquier momento recibe aviso, conocimiento o información sobre la presencia, alegada presencia, liberación o amenaza de liberación de Materiales Peligrosos en o cerca de la Propiedad distintos de los previamente revelados al Comprador, el Vendedor se compromete a proporcionar al Comprador toda la información y los datos al respecto de manera inmediata.
9. Disposiciones Generales
(a) Este Contrato será vinculante para las partes, sus respectivos sucesores y cesionarios. Todos los acuerdos, declaraciones y garantías de las respectivas partes contenidos en él se considerarán materiales, permanecerán verdaderos y correctos al Cierre y sobrevivirán la entrega de la Escritura y la transferencia del título. Las estipulaciones y condiciones que deban ser operativas después de la entrega de la Escritura para surtir efecto así lo serán y no se considerarán fusionadas en la Escritura.
(b) Este Contrato contiene todos los convenios, condiciones y acuerdos entre las partes respecto a su objeto y reemplazará toda correspondencia, acuerdo y entendimiento previo, oral o escrito, en la medida en que se relacione con dicho objeto. Las partes tienen la intención de que este Contrato constituya la manifestación completa y exclusiva de sus términos, y que ninguna evidencia extrínseca pueda introducirse en ningún procedimiento que lo involucre. Este Contrato no podrá modificarse de forma oral, sino únicamente mediante acuerdo escrito. Ninguna renuncia será efectiva salvo que conste por escrito, y no se inferirá renuncia alguna de la conducta de ninguna de las partes.
(c) Todas las notificaciones requeridas o permitidas bajo los términos de este Contrato deberán constar por escrito y entregarse mediante entrega personal, servicio de mensajería nocturna, o depósito en el correo postal de los Estados Unidos, correo certificado o registrado con franqueo prepagado. Dichas notificaciones se dirigirán a la parte correspondiente en la dirección indicada en la página de firmas. Las direcciones podrán modificarse mediante notificación escrita a la otra parte conforme a lo aquí dispuesto. Las notificaciones se considerarán recibidas en el momento de la entrega (si se realizan en mano o por servicio de mensajería nocturna o fax), o tres días después de su envío por correo certificado o registrado (a menos que un acuse de recibo firmado evidencie una entrega anterior).
(d) Para interpretar este Contrato, todos los encabezados y títulos son solo para comodidad de las partes y no se considerarán parte del Contrato. En los casos en que el contexto lo requiera, el singular incluirá el plural y el masculino incluirá el femenino, y viceversa. Todos los anexos adjuntos se incorporan a este Contrato por referencia.
(e) El tiempo es esencial en cada disposición aquí contenida. Cuando la fecha o plazo para cualquier acción no sea un día hábil, la fecha o plazo correspondiente será el siguiente día hábil.
(f) Este Contrato se regirá por las leyes del Estado de Ohio.
(g) Cada parte declara a la otra que ningún corredor o intermediario ha sido contratado de modo que pueda reclamar honorarios o comisión en relación con la transacción aquí contemplada, excepto _______________. Cada parte indemnizará, defenderá y mantendrá indemne a la otra frente a cualquier pérdida, costo o gasto, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, derivados de cualquier reclamación de honorarios o comisión de cualquier otro corredor o intermediario en relación con la Propiedad o este Contrato como resultado de los actos u omisiones de dicha parte.
(h) Si cualquier disposición de este Contrato fuera declarada ilegal, inválida o inaplicable conforme a leyes presentes o futuras, dicha disposición será plenamente separable; este Contrato se interpretará y aplicará como si dicha disposición nunca hubiera formado parte del mismo; y las disposiciones restantes permanecerán en plena vigencia y no se verán afectadas por la disposición ilegal, inválida o inaplicable ni por su separación del Contrato. En lugar de dicha disposición, se añadirá automáticamente al Contrato una disposición lo más similar posible en términos que sea legal, válida y aplicable.
Firmas — En Testimonio de lo Cual
Las partes han celebrado este Contrato de Compraventa de Bienes Raíces mediante sus representantes debidamente autorizados, a la fecha indicada a continuación.
VENDEDOR
Nombre
Título
Firma
Fecha
Dirección del Vendedor
Correo Electrónico
Número de Fax
COMPRADOR
Nombre
Título
Firma
Fecha
Dirección del Comprador
Correo Electrónico
Número de Fax
Contrato de Compraventa e Instrucciones de Depósito en Garantía — Financiamiento Creativo Creative Finance
Encabezado del Contrato
El presente CONTRATO DE COMPRAVENTA E INSTRUCCIONES DE DEPÓSITO EN GARANTÍA ("Contrato") tiene vigencia a partir de la última fecha en que las Partes lo ejecuten, según se indica a continuación (la "Fecha de Vigencia"), y constituye el contrato íntegro y acuerdo completo entre el Vendedor (definido en la Sección 1.9) y el Comprador (definido en la Sección 1.9).
Sección 1 — Términos Básicos
1.1 Dirección de la Propiedad
_______________________
1.2 Número de Parcela APN(s)
Por determinar durante el cierre
1.3 Descripción Legal
Por determinar durante el período de garantía. ☐ Ver Anexo A adjunto (si es extenso); o (X) La proporcionará el Agente de Garantía.
1.4 La Propiedad
El inmueble con la dirección de la Sección 1.1, el APN de la Sección 1.2 y la descripción legal de la Sección 1.3, junto con todas las mejoras, accesorios y pertenencias, más los bienes personales de la Sección 1.12.
1.6 Cierre de la Garantía (COE)
(X) A más tardar el 20 de octubre de 2025; o ☐ ____ días después de la Fecha de Vigencia
1.7 Abogado de Cierre / Agente de Garantía
Closed Title · Adrienne Price · adrienne@closedtitle.com
1.9 Partes — Vendedor(es)
_______________________
1.9 Partes — Comprador
_______________________
Dirección / Teléfono / Correo
_______________________
1.10 Período de Inspección
7 días hábiles
1.5 Precio de Compra — Desglose de Pagos
Precio de Compra: $ _______ a pagar de la siguiente manera:
(x Aproximado / ☐ Exacto) $900.00 — Depósito de Garantía a entregar después del período de inspección. (X Efectivo / ☐ Pagaré) (el "Depósito") $___ — Primera Hipoteca Existente Aproximada (Comprador adquiere mediante fideicomiso) $0.00 — Segunda Hipoteca Existente Aproximada (Comprador adquiere mediante fideicomiso) $0.00 — Monto para regularizar préstamos en mora (si aplica) (X Aproximado / ☐ Exacto) $___ — OTRO: ______________________ $___ — OTRO: ______________________ $___ — Efectivo al COE
1.11 Costos de Cierre Específicos
Honorarios y costos de la garantía (SIN incluir comisión de agente): (X) 100% a cargo del Comprador · ☐ 50% Comprador / 50% Vendedor · ☐ 100% Vendedor
Póliza de título estándar: (X) Comprador · ☐ Vendedor
Incluye todos los elementos indicados en la Sección 2 y los siguientes: NINGUNO
1.13 Adendas y Reconocimientos
☐ Adenda "Sujeto A" (ver adjunto)
☐ Adenda de Posesión Post-Cierre (ver adjunto)
☐ Reconocimientos del Vendedor (ver adjunto o suscritos en el COE)
X Financiamiento del Vendedor (Seller Carryback)
Si parte del Precio de Compra de la Sección 1.5 se financia mediante Financiamiento del Vendedor (Seller Carryback), el monto correspondiente quedará evidenciado por un pagaré sin recurso ejecutado por el Comprador como prestatario, garantizado por una hipoteca o escritura de fideicomiso sobre la Propiedad, entregado por el Comprador al Vendedor con fecha del Cierre, pagadero en cuotas de $___ por mes durante 6 años (el "Préstamo"). El Préstamo podrá prepagarse en cualquier momento sin penalidad. El Préstamo no será exigible por venta (no due-on-sale).
Los pagos (X) incluirán / ☐ no incluirán una doceava parte de los impuestos e seguros anuales de la Propiedad.
Los pagos al Vendedor serán: (X) solo principal / ☐ solo intereses / ☐ principal e intereses (amortizados sobre N/A).
Si el pago incluye impuestos y seguros, y el monto restante después de deducir dichos importes no fuera suficiente para cubrir la tasa de interés y/o el monto de principal indicado, el monto restante se considerará pago completo y la tasa de interés se ajustará en consecuencia.
☐ No existen terceros en ocupación de la Propiedad distintos del Vendedor; el Comprador recibirá la posesión de la Propiedad en el Cierre, salvo que se especifique lo contrario: __________________________________________; O BIEN el Comprador entiende que la Propiedad está arrendada y el inquilino podrá continuar en posesión después del Cierre, salvo que se acuerde lo contrario por escrito. El Vendedor entregará al Comprador en el Cierre el importe de los depósitos de seguridad de cualquier arrendamiento vigente sobre la Propiedad.
Sección 2 — Compraventa de la Propiedad
Por el Precio de Compra y de conformidad con los términos y condiciones de este Contrato, el Vendedor se compromete a vender y el Comprador se compromete a comprar la Propiedad identificada en la Sección 1.4. Los bienes personales a transferir como parte de la Propiedad incluyen, entre otros: electrodomésticos empotrados; ventiladores de techo; controles remotos para operar cualquier accesorio o equipo de la Propiedad; aspiradora central, manguera y aditamentos; cortinas y demás cubiertas de ventanas; equipos de chimenea (fijos); revestimientos de piso (fijos); cocina de pie/horno; abridores de puertas de garaje; accesorios de iluminación; buzón; antenas de medios/platos satelitales (fijos); fuentes y alumbrado exterior; paisajismo exterior; persianas y toldos; dispositivos de hogar inteligente y acceso a los mismos (p. ej., timbre con video, termostato automatizado); parlantes embutidos al ras; cobertizos; ventanas y puertas de tormenta; estufas de gas, pellets y leña; asadores BBQ empotrados; temporizadores fijos; barras y rieles para toallas, cortinas y visillos; soportes de TV montados en pared y herrajes (sin incluir los televisores); sistemas de nebulización; mallas de ventanas y puertas; parasoles; sistemas solares propiedad del Vendedor; sistema de seguridad y alarmas propiedad del Vendedor; suavizadores de agua propiedad del Vendedor; sistemas de purificación de agua propiedad del Vendedor; cubiertas y equipos de piscina y spa; y cualquier artículo o bien personal dejado en la Propiedad después del COE.
Sección 3 — Precio de Compra; Modalidad de Pago
El Precio de Compra será pagado por el Comprador conforme a las disposiciones de la Sección 1.5.
Sección 4 — Estado del Título
Documentos de Título. Tan pronto como sea posible después de la Fecha de Vigencia, el Agente de Garantía hará que se emitan y entreguen al Comprador: (a) un compromiso vigente para una Póliza de Seguro de Título ALTA para propietarios residenciales ("Informe de Título"); y (b) copias de todos los documentos referenciados como excepciones en el mismo (conjuntamente con el Informe de Título, los "Documentos de Título").
Revisión del Título por el Comprador. El Comprador tendrá diez (10) días a partir de la recepción de los Documentos de Título, o de cualquier enmienda a los mismos, para notificar al Vendedor sobre cualquier elemento en los Documentos de Título que el Comprador desapruebe.
Cónyuge del Vendedor — Suscripción del Contrato o Escritura de Renuncia. Si el Vendedor es casado y el cónyuge no ha suscrito este Contrato, el cónyuge del Vendedor deberá suscribir el presente Contrato o suscribir y entregar una escritura de renuncia de la Propiedad al Agente de Garantía dentro de los tres (3) días de la Fecha de Vigencia.
Sección 5 — Divulgaciones
5.1 Sistema Séptico o Instalación Alternativa de Tratamiento de Aguas Residuales. Si la Propiedad cuenta con un sistema séptico o un sistema alternativo que utilice un tanque séptico, deberá realizarse una inspección previa a la transferencia dentro de los seis (6) meses anteriores al COE, conforme a los requisitos del Departamento de Calidad Ambiental de Georgia. El Vendedor entregará el informe de inspección de la instalación de tratamiento de aguas residuales al Comprador dentro de los cinco (5) días de la Fecha de Vigencia o dentro de los cinco (5) días a partir de la fecha del informe de inspección, lo que ocurra después. Si el informe de inspección indica que la instalación de tratamiento de aguas residuales "no está en funcionamiento", el Comprador tendrá diez (10) días a partir de la recepción del informe para entregar al Vendedor una notificación escrita solicitando su reparación. En caso de que el Vendedor se niegue a reparar la instalación o el Comprador no entregue la notificación escrita dentro de los diez (10) días de recibir el informe, este Contrato quedará cancelado, el Agente de Garantía devolverá el Depósito al Comprador, y el Vendedor devolverá al Comprador cualquier otro bien o cosa de valor entregados por el Comprador al Vendedor.
5.2 Divulgación de Pintura con Base de Plomo. Si la vivienda u otras estructuras en la Propiedad fueron construidas antes de 1978, el Vendedor, dentro de los cinco (5) días de la Fecha de Vigencia, deberá: (i) notificar al Comprador sobre cualquier pintura con base de plomo ("PBP") conocida o peligros de PBP en la Propiedad; (ii) proporcionar al Comprador las evaluaciones de riesgo o inspecciones de PBP de la Propiedad que obren en poder del Vendedor; (iii) proporcionar al Comprador la Divulgación de Información sobre Pintura con Base de Plomo y Peligros de Pintura con Base de Plomo, junto con cualquier informe, registro, folleto y/o demás materiales referenciados en ella, incluyendo el folleto "Proteja a su familia del plomo en su hogar" (colectivamente, "Información PBP"). Asimismo, se advierte al Comprador que utilice contratistas certificados para llevar a cabo proyectos de renovación, reparación o pintura que alteren pinturas con base de plomo en propiedades residenciales construidas antes de 1978, y que siga las prácticas de trabajo específicas para prevenir la contaminación por plomo.
Si la vivienda u otras estructuras de la Propiedad fueron construidas antes de 1978: (SE REQUIEREN INICIALES DEL COMPRADOR) ____________ ____________
Si la vivienda u otras estructuras de la Propiedad fueron construidas en 1978 o después: (SE REQUIEREN INICIALES DEL COMPRADOR) ____________ ____________
5.3 Cambios en la Propiedad Antes del COE. El Vendedor proporcionará aviso al Comprador dentro de los tres (3) días de cualquier cambio material en la Propiedad. El Comprador tendrá cinco (5) días a partir de la recepción de dicho aviso para notificar al Vendedor si elige cancelar este Contrato y recibir la devolución del Depósito, en cuyo caso el Vendedor devolverá al Comprador cualquier otro bien o cosa de valor entregados por el Comprador. En caso de que existan coberturas de seguros u otra reclamación, derecho o recurso disponible por algún cambio material en la Propiedad antes del COE, y el Comprador elige proceder al COE, el Vendedor cederá al Comprador en o antes del COE todos los derechos sobre indemnizaciones de seguros, reclamaciones, derechos y recursos. Esta Sección sobrevivirá al COE.
Sección 6 — Inspección de la Propiedad
6.1 Período de Inspección. Dentro del plazo establecido en la Sección 1.10, el Comprador, a su exclusivo costo, realizará y completará todas las inspecciones, investigaciones o pruebas, y revisará toda la información e informes que considere necesarios (colectivamente, los "Estudios"), a fin de determinar la idoneidad de la Propiedad para sus fines y la viabilidad de adquirirla conforme a este Contrato (el "Período de Inspección"). El Comprador, a su sola y absoluta discreción, podrá cancelar este Contrato mediante notificación escrita al Vendedor durante el Período de Inspección y obtener la devolución del Depósito y cualquier otro bien o cosa de valor entregados al Vendedor.
6.2 Acceso Continuo del Comprador a la Propiedad. Desde la Fecha de Vigencia hasta el COE, el Vendedor proporcionará al Comprador una llave de la Propiedad, le otorgará acceso a la misma, y la pondrá razonablemente a disposición del Comprador y de sus cesionarios, posibles cesionarios, agentes, representantes, inspectores y personas autorizadas para realizar recorridos por la Propiedad.
6.3 Obligación del Vendedor de Mantener los Servicios Públicos. El Vendedor mantendrá, a su costo, todos los servicios públicos activos hasta el COE, a fin de que el Comprador pueda realizar sus inspecciones y recorridos.
Sección 7 — Garantía; COE; Costos de Cierre y Prorrateos
COE. El Vendedor y el Comprador designan al Agente de Garantía para actuar como agente de garantía para el cierre de las transacciones contempladas en este Contrato. El COE se considerará ocurrido en la fecha en que la Escritura (definida en la Sección 7.3.1) quede inscrita en el registro del condado donde se ubica la Propiedad (el "Condado").
7.2 Documentos y Pagos del Comprador en el COE. El monto adeudado en el COE conforme a la Sección 1.5 será pagado al Vendedor por el Comprador a través de la garantía en el COE, junto con la ejecución de los documentos y montos indicados a continuación:
7.2.1 La porción proporcional del Comprador, a la fecha del COE, de todos los impuestos inmobiliarios ad valorem y valuaciones generales y especiales sobre la Propiedad, según determine el Agente de Garantía con base en la información más reciente disponible, sin ajuste posterior al COE;
7.2.2 Una Declaración Jurada de Valor de la Propiedad según lo exija la ley de TX;
7.2.3 Todos los costos de cierre específicos a cargo del Comprador según la Sección 1.11;
7.2.4 Todos los demás documentos que el Agente de Garantía razonablemente solicite al Comprador suscribir para efectuar el COE.
7.3 Documentos y Entregas del Vendedor en el COE.
7.3.1 El Vendedor transferirá el título de la Propiedad mediante Escritura de Garantía Especial (la "Escritura") en el COE.
7.3.2 El Vendedor suscribirá una Declaración Jurada de Valor de la Propiedad según lo exija la ley de TX.
7.3.3 El Vendedor suscribirá todos los documentos marcados en las Secciones 1.13 y 1.14, si no han sido suscritos previamente.
7.3.4 El Vendedor suscribirá todos los demás documentos que el Agente de Garantía razonablemente le solicite para efectuar el COE.
7.4 Prorrateo de Impuestos. El Vendedor pagará todos los impuestos inmobiliarios que graven la Propiedad correspondientes a los años anteriores al año del COE. Los impuestos del año del COE, basados en la información de valuación más reciente del Tasador del Condado y en la factura de impuestos, se prorratearán y pagarán entre el Vendedor y el Comprador a la fecha del COE.
7.5 Costos de Cierre Específicos. El Vendedor pagará los costos de cierre específicos que le correspondan según la Sección 1.11.
7.6 Derecho del Comprador a Proceder sin Agente de Garantía. El Comprador podrá, en cualquier momento antes del COE, optar por realizar la transacción sin utilizar los servicios del Agente de Garantía ni de ningún agente de garantía. En tal caso, el Vendedor estará obligado a cumplir íntegramente todos los términos y condiciones de este Contrato y a entregar directamente al Comprador todos sus documentos de cierre, excepto que ya no estará obligado a hacer que se emita la póliza de título estándar. En caso de que el cierre se lleve a cabo en un despacho jurídico en lugar de a través de un agente de garantía, el Vendedor podrá estar obligado a pagar una cuota de cierre según la Sección 1.11.
EL VENDEDOR ENTIENDE, RECONOCE Y ACEPTA QUE, NO OBSTANTE EL HECHO DE QUE EL VENDEDOR PUEDA HABER PAGADO UNA CUOTA DE CIERRE A UN DESPACHO JURÍDICO ELEGIDO POR EL COMPRADOR PARA CERRAR ESTA TRANSACCIÓN, DICHO DESPACHO REPRESENTA ÚNICAMENTE AL COMPRADOR Y NO REPRESENTA AL VENDEDOR EN ESTA TRANSACCIÓN.
____________ ____________ (Iniciales del Vendedor)
Sección 8 — Declaraciones y Garantías
8.1 Declaraciones y Garantías del Vendedor. El Vendedor declara, garantiza y se compromete, entendiendo que el Comprador se basa en tales declaraciones y garantías y que estas sobreviven al COE:
8.1.1 El Vendedor tiene pleno derecho, facultad y autoridad para vender la Propiedad al Comprador conforme a este Contrato y para cumplir sus obligaciones en él.
8.1.2 Según el conocimiento efectivo del Vendedor, y salvo lo divulgado en los Documentos de Título, no existen arrendamientos vigentes al COE, acuerdos de ocupación, servidumbres, licencias u otros acuerdos que otorguen a terceros derechos de posesión o uso sobre toda o parte de la Propiedad.
8.1.3 Los gravámenes y cargas listados en la Sección 1.14, si los hubiere, son los únicos que afectan la Propiedad; cualquier gravamen o carga no registrado o no divulgado, incluyendo facturas impagas y deudas que pudieran originar gravámenes de mecánicos, legales u otros embargos, será inmediatamente pagado en su totalidad por el Vendedor tras aviso del Comprador, y el Vendedor indemnizará, protegerá, defenderá y mantendrá indemne al Comprador frente a todos los costos, demandas y reclamaciones relacionados con tales gravámenes o cargas.
8.1.4 El Vendedor mantendrá y reparará la Propiedad (y los bienes personales incluidos en la venta) de modo que, al COE, se encuentren en sustancialmente las mismas condiciones que a la Fecha de Vigencia.
8.1.5 El Vendedor ha revelado al Comprador todos los defectos latentes materiales y cualquier información sobre la Propiedad conocida por el Vendedor que afecte material y adversamente la contraprestación a pagar por el Comprador.
8.1.6 La Propiedad, las mejoras, edificios, estructuras, electrodomésticos, techo, plomería, sistemas de calefacción y ventilación de la Propiedad se encuentran en buen estado de funcionamiento, y el Vendedor es propietario de la Propiedad y de dichos elementos libre de toda carga, excepto las expresamente establecidas en este Contrato.
8.1.7 El Vendedor entregará la Propiedad al Comprador en el COE en condición de escoba limpia, libre de todos los artículos personales y escombros. El Vendedor reconoce, acepta y entiende que cualquier bien personal dejado en la Propiedad después del COE pasará al Comprador y podrá ser dispuesto por éste a su sola y absoluta discreción.
8.1.8 El Vendedor garantiza que las anteriores declaraciones, garantías y compromisos serán verdaderos a la fecha de este Contrato, a la fecha del COE, y sobrevivirán al COE.
8.2 Declaraciones y Garantías del Comprador. El Comprador garantiza que tiene pleno derecho, facultad y autoridad para celebrar este Contrato.
Sección 9 — Incumplimiento; Remedios
Período de Subsanación. Si una parte incumple sus obligaciones bajo este Contrato, la otra parte entregará un aviso especificando el incumplimiento ("Aviso de Subsanación"). Si el incumplimiento no se subsana dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la recepción del Aviso de Subsanación (el "Período de Subsanación"), el incumplimiento constituirá un incumplimiento contractual.
9.2 Incumplimiento por parte del Vendedor. Si el Vendedor incumple cualquiera de los términos o disposiciones de este Contrato antes del COE, el Comprador podrá ejercer contra el Vendedor cualquier reclamación o recurso disponible en derecho o en equidad, incluyendo, entre otros, la ejecución específica y/o daños y perjuicios.
9.3 Incumplimiento por parte del Comprador. Si el Comprador incumple este Contrato, el Vendedor acepta el Depósito como su único derecho a daños y perjuicios.
9.4 Honorarios de Abogados. En cualquier demanda y procedimiento arbitral que involucre al Vendedor o al Comprador surgido de o relacionado con este Contrato, la parte prevalecientemente será acreedora a sus honorarios razonables de abogados, ya sea antes o después de presentar dicha demanda o arbitraje, honorarios de abogados para hacer cumplir este Contrato, otros honorarios, gastos y costos para hacer cumplir este Contrato, costos de litigio y arbitraje, cuotas de arbitraje y honorarios de peritos.
Sección 10 — Sin Modificaciones ni Representaciones Orales
CADA PARTE RECONOCE QUE ESTE CONTRATO ESTABLECE EN SU TOTALIDAD EL CONTRATO ÍNTEGRO ENTRE LAS PARTES, Y QUE DICHA PARTE NO HA CONFIADO EN NINGÚN CONTRATO ORAL, DECLARACIÓN, REPRESENTACIÓN U OTRA PROMESA QUE NO ESTÉ EXPRESADA POR ESCRITO EN ESTE CONTRATO. Este Contrato reemplaza todos los entendimientos y acuerdos previos. Este Contrato solo podrá ser modificado mediante un acuerdo escrito firmado por el Comprador y el Vendedor.
Sección 11 — Notificaciones
Todas las notificaciones, demandas o solicitudes requeridas o permitidas bajo este Contrato deberán constar por escrito y serán efectivas a partir de la entrega personal, el correo electrónico, o la recepción, si se depositan en el correo postal de los EE. UU., registrado o certificado, con acuse de recibo y franqueo prepagado, o si se depositan con cualquier servicio de mensajería aérea o expresa comercial, dirigidas a:
Al Vendedor: ver Sección 1.9.
Al Comprador: ver Sección 1.9.
Al Agente de Garantía: ver Sección 1.7.
Las notificaciones transmitidas por correo electrónico serán efectivas al momento de su transmisión. Las enviadas por correo postal o mensajería se considerarán efectivas en la fecha más temprana entre la recepción real y los cinco (5) días posteriores a su depósito. El Comprador, el Vendedor o el Agente de Garantía podrán cambiar su dirección para notificaciones mediante aviso previo. La imposibilidad de entrega por dirección modificada sin previo aviso, el rechazo o la negativa a aceptar cualquier notificación se considerará recepción de la notificación a la fecha de dicha imposibilidad, rechazo o negativa. Los números telefónicos proporcionados en este Contrato son solo para comunicaciones informales de apoyo y las notificaciones no serán efectivas si se proporcionan de forma oral.
Sección 12 — Disposiciones Generales
12.1 Adendas, Reconocimientos y Términos Adicionales. Todas las Adendas, Disposiciones y Reconocimientos marcados en la Sección 1.13 se consideran parte de este Contrato e incorporados por referencia. Las partes acuerdan cumplir los términos y condiciones adicionales especificados en la Sección 1.14.
12.2 Cesión. El Comprador podrá ceder este Contrato o cualquiera de sus derechos derivados del mismo a cualquier persona, sociedad, corporación u otra entidad, sin que sea necesario ni requerido el consentimiento del Vendedor. Ante la cesión de este Contrato por el Comprador, el Vendedor libera y exime definitivamente al Comprador, sus directivos, empleados, afiliados, corredores, agentes, licenciatarios y subsidiarias de toda reclamación, demanda, daño, acción, causa de acción, reclamación administrativa o demanda de cualquier naturaleza que pueda surgir de, relacionarse con, resultar de o desarrollarse en el futuro a partir de este Contrato y la transacción en él contemplada. El Vendedor no podrá ceder este Contrato sin el consentimiento escrito del Comprador.
12.3 Sucesores y Cesionarios. Este Contrato será vinculante para las partes y redundará en beneficio de sus respectivos sucesores y cesionarios.
12.4 Renuncia. La renuncia de cualquier parte a cualquier derecho que le corresponda no se considerará renuncia a ningún otro derecho aquí otorgado, ni constituirá renuncia a un derecho posterior derivado de la continuación de cualquier cuestión previamente renunciada.
12.5 Divisibilidad. Si cualquier disposición de este Contrato o cualquier parte de ella fuera declarada inválida, ilegal o inaplicable, dicha invalidez, ilegalidad o inaplicabilidad no alterará la parte restante de dicha disposición ni ninguna otra disposición; cada cláusula de este Contrato se considerará separable de todas las demás.
12.6 El Tiempo es Esencial. El tiempo es esencial respecto al cumplimiento de todos los términos, condiciones y disposiciones de este Contrato. Todos los plazos en términos de "días" se refieren a días calendario, salvo que se especifiquen expresamente como días hábiles. Cuando el aviso deba darse, el documento entregarse o el acto realizarse en un día que no sea hábil, podrá hacerse el siguiente día hábil. "Día hábil" significa cualquier día que no sea sábado, domingo o día feriado legal observado por el Agente de Garantía.
12.7 Ley Aplicable. Este Contrato se regirá y ejecutará conforme a las leyes del estado donde se ubica la Propiedad, sin consideración a sus disposiciones sobre conflicto de leyes.
12.8 Memorando del Contrato. El Vendedor acepta que el Comprador pueda ejecutar, autenticar e inscribir un memorando de este Contrato en la forma adjunta como Anexo "B" (el "Memorando del Contrato"). En caso de que el Comprador elija inscribir el Memorando, el Comprador ejecutará, autenticará y entregará al Agente de Garantía un aviso de terminación y escritura de quitclaim de cualquier interés en la Propiedad en la forma adjunta como Anexo "C" (el "Aviso de Terminación"). El Agente de Garantía inscribirá el Memorando en los Registros Oficiales del Condado por instrucción del Comprador, y ante la debida cancelación o terminación de este Contrato, inscribirá el Aviso de Terminación sin necesidad de instrucción adicional de las partes.
12.9 Contrapartes. Este Contrato podrá ejecutarse en cualquier número de contrapartes, cada una de las cuales se considerará original, y todas en conjunto constituirán un solo instrumento. Las partes podrán suscribir este Contrato por medios electrónicos y podrán entregar sus firmas por fax o correo electrónico en formato .pdf, y dicha transmisión surtirá efecto de entrega de firmas originales.
12.18 Acuerdo Voluntario. Las partes afirman, reconocen y aceptan que celebran este Contrato de manera voluntaria y que no han sido amenazadas, coaccionadas, intimidadas ni presionadas de ninguna forma para firmarlo; que han tenido tiempo suficiente para reflexionar sobre su carácter definitivo; y que han tenido oportunidad suficiente de consultar con asesores legales, fiscales y financieros. De no haberse otorgado dicho tiempo, las partes, al firmar este Contrato, renuncian a cualquier derecho a alegar su invalidez bajo esta disposición.
PÁGINA DE FIRMAS — Aprobado y Aceptado
VENDEDOR — Aprobado y Aceptado el:
Fecha
Firma del Vendedor
Nombre del Vendedor (impreso)
CÓNYUGE DEL VENDEDOR (si aplica) — (N/A)
Al firmar a continuación, el cónyuge del Vendedor consiente el presente Contrato de Compraventa e Instrucciones de Depósito en Garantía y todas sus adendas.
Firma del Cónyuge
Nombre (impreso)
Fecha
COMPRADOR — Aprobado y Aceptado el: 29 de enero de 2025
Firma del Comprador
Nombre del Comprador: GrandinTaylor LLC
Aviso de Terminación del Contrato por Parte del Comprador Termination Notice
Aviso Formal
AVISO DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR PARTE DEL COMPRADOR respecto al contrato de venta de la propiedad ubicada en:
Propiedad
1219200 162308
Celebrado entre el Comprador abajo firmante y
1182062 176339 (VENDEDOR)
El Comprador notifica al Vendedor que el contrato queda TERMINADO en virtud de lo siguiente:
Causales de Terminación (seleccione las que apliquen)
(1) El derecho irrestricto del Comprador a terminar el contrato conforme al Párrafo 7 del contrato.
(2) La propiedad no satisface los requisitos de Aprobación de Propiedad de conformidad con la Adenda de Financiamiento por Terceros adjunta al contrato.
(3) El Comprador elige terminar en virtud del Párrafo A de la Adenda para Propiedades Sujetas a Membresía Obligatoria en una Asociación de Propietarios.
(4) El Comprador elige terminar en virtud del Párrafo 7 del contrato relativo al Aviso de Divulgación del Vendedor.
(5) Otro (identifique el número de párrafo del contrato o adenda correspondiente): ________________________________
Nota sobre el Depósito de Garantía
⚠ NOTA: La devolución del depósito de garantía se rige por los términos del contrato.
Datos de Referencia
Ref. 1
1219200 235240
Ref. 2
1219200 387640
Ref. 3
1219200 644815
Ref. 4
1219200 892465
Ref. 5
996950 333375
Ref. 6
0 0
Ref. 7
2813050 339725
Ref. 8
0 0
Firma del Comprador
COMPRADOR
Firma del Comprador
Fecha: ___________
Adenda al Contrato Addendum to Contract
Identificación del Contrato
Adenda N.º
_____ al Contrato
Fecha de Vigencia del Contrato
___________________
Vendedor
___________________
Comprador
___________________
Descripción de la Propiedad
457073 141230 (el "Contrato")
Términos y Condiciones Adicionales
El Vendedor y el Comprador incorporan los siguientes términos y condiciones como parte del Contrato: